El estado colombiano asumió el
compromiso de cumplir con la Resolución
1325 del consejo de Seguridad de Naciones Unidas con relación a la promoción de
la participación de las mujeres en los procesos de prevención, protección, negociación de los conflictos y
consolidación de la paz, mediante el establecimiento de mecanismos y políticas públicas relacionadas a la seguridad y justicia
de las mujeres sobrevivientes del conflicto armado interno.
A 15 años de existencia es
evidente que en Colombia se requiere
voluntad política, de Estado para
crear las condiciones y asignar los recursos del presupuesto general de la
nación, que permitan las garantías de no
repetición de los hechos y resarcimiento a las víctimas del conflicto armado
interno.
Desde las instancias gubernamentales aún no existe una política pública que
garantice la seguridad de las mujeres en contextos de conflicto y pos acuerdos
y tampoco se ha incorporado a las mujeres en los espacios de toma de decisiones
para la prevención, gestión y solución de conflictos.
Las principales acciones
que han de desarrollarse en el marco de esta importante resolución están
relacionadas con: a) la implementación de medidas para proteger los
derechos humanos de las mujeres y las niñas; b) la prevención de todas las formas de violencia
contra la mujer, en particular la violencia sexual y la violencia basada en el
género, c) la incorporación de medidas
para proteger los derechos humanos de las mujeres y niñas en los marcos normativos
de seguridad nacional. De lo que se trata es que se establezca un marco
normativo que dé cuenta de la situación
y las necesidades de las mujeres y las
medidas que se toman para su protección además de un efectivo sistema operativo
de justicia que impida la impunidad que ya es bastante diciente en el país.
El conflicto armado afecta
a las mujeres de múltiples maneras, siendo la violencia sexual la de mayor
prevalencia e impacto socio-cultural, y la falta de garantías para
prevenir lo que hasta el momento ha sido recurrente.
Sin embargo se hace necesario reconocer
que uno de los aspectos más desarrollados de la Resolución es la atención a las
necesidades específicas de las mujeres, sobre todo en aquellas que se hallan en
contexto de desplazamiento forzado. Tanto el Auto 092 de la Corte
Constitucional así como las agencias
de Naciones Unidas, han contribuido de
forma trascendental en la incorporación de la Resolución en este
aspecto. A pesar de esos pequeños avances existe un desconocimiento de sus alcances y potencialidades en
contextos de conflicto, y a futuro en los de negociación y post acuerdos, en
tanto una paz sin democracia y la
participación de las mujeres no es posible.
Otras resoluciones
fortalecen y recomiendan a los Estados que las mujeres tienen derecho alacceso
a la justicia, a vivir una vida sin violencia y a ejercitar plenamente
sus derechos.
Desde la sociedad civil hay grandes avances ya que
las mujeres organizadas están trabajando en la implementación de planes o rutas
de Acción pero sin embargo esto exige respuesta del gobierno para que se
establezca políticas públicasespecíficas con designación de presupuesto para
las instituciones encargadas de prevenir y erradicar la violencia contra las
mujeres.
La defensa de los derechos
humanos en Colombia continúa siendo una actividad de alto riesgo que compromete
la vida de quienes la ejercemos. Llamamos la atención sobre la
persistencia de la violencia sociopolítica a través de amenazas y ataques
contra mujeres líderes, defensoras de derechos humanos y organizaciones
feministas; amenazassuscritas por las denominadas autodefensasque circulan
principalmente por correos electrónicos, que pretenden diezmar el liderazgo
político de las mujeres. Estamos frente a obstáculos estructurales que en forma
histórica han sido impuestos por nuestra participación política.
“Al respecto, la Corte
Constitucional Colombiana profirió el Auto 098 de 2013, en el cual reconoce que
la labor de defensa de los derechos humanos en Colombia es una actividad
altamente peligrosa, que en los últimos años,
ha exacerbado el riesgo extraordinario de
género para las mujeres. Este Auto, en concordancia con otros
pronunciamientos, le endilga responsabilidades concretas al Estado, para la
protección de las y los defensores de derechos humanos, y para la promoción de
una cultura de respeto a los mismos, que en últimas, reivindica la vida y la
paz. Como organizaciones de la sociedad civil, y como miembros de
distintas plataformas y redes de organizaciones feministas y de mujeres, que
estamos trabajando por la construcción de la paz, manifestamos nuestra
preocupación ante estos hechos, y hacemos un llamado al Estado colombiano para
que cumpla con dichas órdenes.”[1]
Por: ROSARIO MONTOYA
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